Luis Rosero M.
Del proyecto de ley para la atracción de inversiones, fortalecimiento del mercado de valores y transformación digital, en éste artículo trataremos ésta última que, según el proyecto, busca establecer normas legales para el cambio digital en el sector público, privado y de la sociedad.
El proyecto aspira a incrementar el uso de plataformas, tecnologías digitales, las redes y servicios digitales para atraer inversiones e impulsar la economía digital para ello señala que el Ministerio de Telecomunicaciones será el rector de la transformación digital y gobierno digital.
La transformación digital utilizará tecnologías digitales que busca que los proyectos y ejecución de servicios gubernamentales y del sector privado. En el del primero se espera mejoren en eficiencia, seguridad y transparencia en los servicios que preste a la ciudadanía. Para ello implementará el Gobierno Digital para la prestación de servicios digitales al público.
Para ello el gobierno, establecerá políticas y regulaciones públicas para la transformación digital, elaborará una Agenda Digital, capacitación en este ámbito y promoción para el uso de tecnología digital, de la información y comunicación en las actividades empresariales, de la sociedad civil y academia.
Este cambio implicaría que aumentaría los trámites digitales, que deben realizar los ciudadanos en las diferentes entidades del sector público, tanto del gobierno central como de en los GAD, de diversa índole. También implicaría que el sector público debe exigir la adopción de buenas prácticas en seguridad y protección de la información, sobre todo cuando contrate con proveedores de servicios tecnológicos. Ya ha habido casos en que la CNT y otras dependencias públicas y privadas han sufrido ataques informáticos lo cual ha implicado el robo de datos e información.
Como parte conexa al proyecto de ley, respecto al cambio digital, están las reformas a la ley de comercio electrónico, firmas electrónicas y mensaje de datos. En efecto, en el caso de estos últimos, en la que la ley permita modificaciones en el mensaje de datos, como endosos o sesiones deberá emplearse un método fiable que posibilite distinguir la modificación y la información antes de este cambio. Así mismo, para los poseedores de títulos valor electrónico debe utilizarse un método fiable. También, el cambio digital se relaciona con la reforma en la ley notarial que, además de aceptar las escrituras digitales, señala que los servicios notariales prestaran de manera física o telemática (videoconferencias) pero garantizando la seguridad de la actuación notarial. Además, se reforma el código General de Procesos que, entre otros cambios, señala a las personas naturales o jurídicas que hayan pactado en un contrato un domicilio electrónico para el caso de una citación se lo hará a través de su correo electrónico.
En síntesis, el gobierno busca ampliar la práctica de transacciones digitales -que se impuso con la pandemia- tanto en el sector público como en el privado. Así, en el primero algunas transacciones, servicios, certificados, etc., que se realizaban físicamente se cambiaron a digitales -impuestos por las circunstancias- y también en el sistema financiero que digitalizó muchas transacciones que antes se realizaban personalmente. Se trata de modernizar las transacciones comerciales y económicas para que gradualmente se realicen digitalmente, como en el caso de los bancos, que implican riesgos como el phishing y otros. Se busca llegar a conseguir lo que existe en el mercado de valores donde los títulos valores son desmaterializados -sin papeles- y las transacciones se realizan electrónicamente y para el registro del dinero transado, se realizan anotaciones en cuenta. Pero también aquello implica riesgos para los participantes en este mercado como sucedió en el caso ISSPOL.