REFORMA AL SISTEMA DE PENSIONES (II)

Luis Rosero M.

En este artículo trataré otros temas específicos de la reforma al sistema de pensiones propuesto por la Comisión para la Reforma del Sistema de Pensiones (CRSP), con la que se propone una profunda reforma al Fondo de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM).

La reforma al IVM incluye varios aspectos. Entre ellos, el monto del aporte para un trabajador del sector privado, en relación de dependencia, según el IESS, actualmente se mantiene en 20.60% dividido en 9.45% que aporta el trabajador y 11.15% el patrono, calculado sobre el monto de su salario o sueldo. Un aspecto importante es la distribución del aporte entre los distintos seguros. La resolución 501 del Consejo Directivo del IESS señala que los principales seguros se financiaran en su mayor parte: de pensiones con 5.76% del aporte del trabajador y 0.10% del patrono; salud 0.88% del aporte del empleado y 9.06% del patrono; cesantía con 2% del aporte del trabajador y 1% del patrono. La política anterior era que cuando uno de los seguros tenía déficit se tomaba recursos de otro seguro para financiarlo. Queda el interrogante si se seguirá con esta práctica inmediatista. Según propone la reforma se separa la gobernanza, creándose un Consejo Directivo de Pensiones y el actual Consejo Directivo manejaría el fondo de salud lo que implicaría que solo decidirían sobre 9.94% del aporte. ¿Continuará el desabastecimiento de medicinas en el IEESS? Aún más, el fondo de Cesantía regresaría al esquema anterior, antes de la implantación del seguro de desempleo. Así mismo, los fondos de reserva (que se forman con el 8.33% de aporte del patrono) también tendría cambios que afectarían, entre otros, a su mensualización.

La reforma incluye a los trabajadores autónomos, profesionales en libre ejercicio y trabajadores independientes que deberán afiliarse al fondo de pensiones y cesantía del IESS y sería opcional afiliarse al seguro de salud si tienen un seguro médico. Esto busca incrementar los ingresos del IESS y queda la duda que va a pasar con el seguro de salud. ¿Se privatizará?

La reforma plantea que el monto del aporte se calculará en base al ingreso del trabajador pero tiene un techo y un piso. El primero sería igual a 10 veces el salario promedio de los afiliados que sería $ 6000 por mes y con el techo mucho menor, lo que implica también una pensión menor. Trata de frenar las afiliaciones con altos sueldos en los últimos años de trabajo, que es una práctica que utilizan los que tienen mayores ingresos.

Lo más radical, que propone la CRSP, es el cambio del cálculo de la pensión de jubilación y su financiación. Tendría dos componentes. Uno, la pensión básica que será de medio salario básico unificado (SBU) financiada con el aporte del 40% que el estado hace al IVM siempre y cuando éste no exceda del 3% del PIB. En 2023, el SBU es de $ 450, la mitad $ 225. Este sería el mínimo de la pensión, si se aplicara este año. Dos, una pensión variable calculada en base a una fórmula que considera la proporción entre el tiempo de aporte y tiempo de beneficios (esperanza de vida del afiliado en promedio). Pero el cálculo de la pensión ahora no será en base a los 5 mejores años de ingreso sino de 30 años. Nuevamente hay varios interrogantes ¿Qué pasará si el estado no paga al IESS la totalidad del aporte del 40%? ¿Si fuera así, no recibirían los afiliados el total de pensión básica? ¿Si el aporte del 40% del estado excede del 3% del PIB, que sucederá con el pago de la pensión básica?  La pensión variable, se calcula en base a una fórmula que para su cálculo considera la Tasa de Reemplazo (TR), qué a su vez, toma en cuenta, los años de aporte (AA), Esperanza de vida al jubilarse (EV): años de beneficio, la TR máxima para la pensión variable y otros factores, con lo que resulta que el trabajador con más años de aporte, lo que implica mayor edad, recibirá una mayor pensión variable. La TR toma en cuenta la relación entre los años de aporte y los años de beneficio. Con los cálculos hechos por la CRSP, con un ingreso medio de $ 600, tanto en el sistema actual que el propuesto por la reforma, la TR aumenta con más años de aporte, pero con la diferencia que ésta puede llegar al 100%  con el sistema actual (70 años de edad y 40 de aportes), mientras que con la reforma solo alcanza el 60% (70 años de edad y 40 de aportes). La pensión, con el sistema de reparto, sería $ 600 y, en el caso de la reforma, el valor de la pensión variable sería $ 356 más $ 250 de la pensión básica, daría un total de $ 606 como pensión total.

Hay que considerar, para el cálculo de la EV, que en el país según el artículo “Economía Plateada”, de la revista Vistazo, el dr. argentino Diego Bernardino, señala que la esperanza de vida (EV) se ha prolongando y actualmente sería de 80 años para mujeres y más de 75 años para hombres. Esto implica que una mujer que trabaje hasta los 70 años tendría una EV de 10 años más y un hombre de al menos de 8 más. Esto significa que la primera aportó 40 años y sus beneficios de seguridad social serían de 10 años al jubilarse y en el hombre de 8. En otras palabras, la reforma se apuntala en que, en el caso de la mujer los 30 años de aportación y 32 en el hombre, sirvan para financiar la pensión futura de los trabajadores y empleados más jóvenes y aseguren la sostenibilidad financiera de la reforma del sistema de pensiones.

En síntesis, la reforma al IVM propone un cálculo y financiamiento diferente de la pensión que en el actual sistema de reparto. Para la pensión básica se establece un límite inferior y financiada con el aporte del estado. Pero la pensión variable tiene también un límite superior, pero incentiva a trabajar más para recibir una pensión mayor, lo que implica menos años de gozar beneficio dada la esperanza de vida. En definitiva, la reforma racionaliza algunas incongruencias para la sostenibilidad del sistema de pensiones. Para ello, solo recibirán pensión los afiliados con un mínimo de aporte de 15 años y 70 años de edad (con los supuestos anteriores la pensión sería de $ 383) mientras que en el sistema actual solo necesitan 10 años de aporte y 70 de edad (pensión de $ 300). En otras palabras, la reforma se financia con 5 años más de aportes para quienes quieran recibir la pensión mínima y, por otro lado, con  una tasa de reemplazo máxima (60%), un límite máximo de pensión variable y una relación de 3 a 1 entre años de aporte y años de beneficio. Para tener una visión completa de la reforma hay que considerar los otros componentes importantes como el fondo de cesantía y los fondos de reserva que, con la reforma, podrían ser invertidos en instituciones financieras privadas, y habría otra forma de capitalización del sistema de pensiones.

Deja un comentario